Trámites herencias

¿Qué trámites hay que realizar para tramitar una herencia?

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Gestionar una herencia no tiene por qué convertirse en un laberinto. Con una hoja de ruta clara (documentos en orden, impuestos en plazo y escritura de adjudicación bien preparada), el proceso se acelera y se evitan costes innecesarios. A continuación te explicamos, de forma práctica, cuáles son los trámites de una herencia en España, qué papeles vas a necesitar y cuánto tiempo y dinero debes prever.

¿Qué es una herencia y cómo se tramita?

La herencia es el conjunto de bienes, derechos y deudas que deja una persona al fallecer. Su tramitación combina gestiones civiles y fiscales: identificación de herederos, inventario, aceptación o renuncia, liquidación de impuestos y adjudicación del patrimonio. Si existe testamento, se sigue lo dispuesto en él, dentro de los límites de la legítima; si no lo hay, se recurre a la declaración de herederos para determinar quiénes suceden.

Documentos necesarios para tramitar una herencia

Antes de iniciar los pasos notariales o fiscales conviene recopilar la documentación clave. Estos son los más habituales:

  • Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades (puede solicitarse transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento) y, si lo hay, copia autorizada del testamento.
  • DNI/NIE de herederos, libro de familia, certificados de seguros de cobertura de fallecimiento y, para la aceptación y adjudicación, los justificantes de titularidad y valoración de los bienes (escrituras, notas simples, recibos IBI, certificados bancarios, vehículos…). 

Si necesitas más detalle, puedes visitar nuestro artículo sobre los documentos para la aceptación de herencia. Te aconsejamos empezar por los certificados y solicitar los extractos bancarios para cerrar el inventario.

Pasos para gestionar una herencia en España

Cuando llega el momento de gestionar una herencia, lo más importante es tener claro por dónde empezar. Lo habitual es seguir una serie de pasos que van desde confirmar quiénes son los herederos, hasta regularizar impuestos y, finalmente, repartir los bienes. Con una mínima planificación y la documentación a mano, el camino se hace mucho más sencillo.

Declaración de herederos

Si no existe testamento, se tramita en la notaría un acta de declaración de herederos abintestato (normalmente para descendientes, ascendientes o cónyuge/pareja conforme al derecho civil aplicable). Se aportan los certificados anteriores, se identifican parientes y, con testigos, el notario declara quiénes tienen derecho a heredar. Con testamento, se preparará directamente la escritura de aceptación y adjudicación una vez inventariado el caudal hereditario.

Claves operativas:

  • Elaborar un inventario de bienes y deudas: inmuebles, cuentas, fondos, vehículos y obligaciones pendientes.
  • Decidir aceptación pura y simple, a beneficio de inventario o renuncia (útil si hay deudas).
  • Si hay desacuerdo entre coherederos sobre valoraciones o reparto, existen vías de mediación y, como último recurso, por vía judicial. En estos casos conviene repasar la guía sobre cómo actuar para repartir una herencia sin acuerdo entre herederos.

Liquidación de impuestos

La aceptación de la herencia conlleva dos tributos principales:

  • Impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD): gestionado por cada comunidad autónoma, con bonificaciones y tarifas distintas. El plazo general es de 6 meses desde la fecha del fallecimiento de la persona; se puede pedir prórroga de otros 6 meses dentro de los 5 primeros meses. El coste dependerá del grado de parentesco, patrimonio preexistente, valor heredado y bonificaciones autonómicas (en algunas autonomías la cuota puede ser muy reducida o incluso simbólica, en otras notable).
  • Plusvalía municipal (IIVTNU): se devenga por transmisión de inmuebles urbanos, con 6 meses para liquidar o solicitar prórroga. Su cálculo depende del valor catastral y del tiempo de tenencia del causante.

Para evitar recargos, presenta autoliquidaciones en plazo, aunque aún estés cerrando detalles del reparto; puedes optar por pago fraccionado o aplazamiento si procede.

Reparto de bienes

Una vez inventariados y pagados/garantizados los impuestos, se formaliza en notaría la escritura de aceptación y adjudicación de herencia. En ella se asignan lotes a cada heredero (o se mantiene la proindivisión). Después:

  • Inscribe los inmuebles en el Registro de la Propiedad y actualiza el Catastro.
  • Cambia la titularidad de cuentas y valores en las entidades correspondientes.
  • Regulariza vehículos en la DGT y contratos de suministros.

Si hay bienes indivisibles (por ejemplo, la vivienda familiar), las opciones habituales son adjudicación a uno compensando al resto, venta y reparto del precio, o mantener la copropiedad con un pacto de uso y gastos.

Plazos y costes del proceso de herencia

Tiempo estimado: en situaciones sencillas con testamento y acuerdo, el trámite puede cerrarse en un plazo de 2 a 4 meses. Si faltan documentos, hay discrepancias o bienes complejos, es razonable prever 4–9 meses. Los cuellos de botella más frecuentes son: obtención de tasaciones, localización de saldos y coordinación entre herederos y notaría.

Costes orientativos (pueden variar según valor del caudal, folios y aranceles aplicables):

  • Notaría: acta de declaración de herederos (cuando procede) y escritura de adjudicación. Suele moverse, sumando conceptos, entre 300 y 1.000 € en herencias simples; en patrimonios elevados o con muchos bienes, más.
  • Registro de la Propiedad: inscripción de inmuebles, habitualmente 150–400 € por finca según valoración y asientos.
  • Gestoría (opcional): 150–500 € según alcance (preparación de autoliquidaciones, presentación telemática, coordinación de inscripciones).
  • Impuestos: el ISD varía mucho por comunidad y circunstancias personales; puede oscilar desde importes bajos con bonificación alta hasta porcentajes significativos del valor heredado. La plusvalía municipal depende del ayuntamiento y del valor catastral del suelo.
  • Certificados y documentación: tasas moderadas por emisión de certificados oficiales y notas simples.

Cómo optimizar tiempo y dinero:

  • Planifica pronto: solicita certificados en los primeros días y pide prórroga del ISD si no llegas.
  • Ordena el inventario y conserva los justificantes de valor; evitarás requerimientos.
  • Si prevés una liquidez ajustada para impuestos, considera contar con un seguro de vida que aporte capital inmediato a los herederos; puedes ver las opciones que te ofrece Aegon

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