Heredar una cantidad pequeña, como 6.000 euros, puede parecer un trámite sin complicaciones, pero no exime de cumplir con ciertas obligaciones fiscales. Aunque no siempre sea necesario declarar esa cantidad en el IRPF, sí debes tener en cuenta el impuesto de sucesiones, que regula todas las herencias en España.
En este artículo te explicamos qué pasos debes seguir si heredas 6.000 euros, en qué casos se tributa, qué documentación necesitas y cómo actuar correctamente para evitar sorpresas con Hacienda.
Una de las dudas más frecuentes es si el dinero heredado debe incluirse en la declaración de la renta. La respuesta depende del origen del bien heredado y del tipo de impuesto que lo grava.
Los bienes recibidos por herencia no se incluyen como ingresos en la declaración de la renta, ya que tributan por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), no por el IRPF. Esto incluye dinero, inmuebles, acciones o incluso pólizas de seguros de vida.
No obstante, si heredas bienes que posteriormente generan rendimientos —como un piso que alquilas o acciones que producen dividendos— esos beneficios sí deben declararse en el IRPF como rendimiento del capital o ganancia patrimonial.
Solo deberás declarar en tu IRPF lo que generes a partir del bien heredado, no la herencia en sí. Por ejemplo:
Pero si simplemente heredas 6.000 euros en efectivo o en una cuenta, no debes incluir esa cantidad en tu declaración de la renta.
La respuesta corta es sí: toda herencia, por pequeña que sea, debe liquidarse en el impuesto de sucesiones, aunque no siempre implique pagar.
Cada comunidad autónoma tiene sus propias reducciones, bonificaciones y tramos. En muchas de ellas, las herencias entre padres e hijos están casi exentas hasta ciertos límites, que pueden ir desde los 16.000 a los 100.000 euros, según la región.
Por tanto, si heredas 6.000 euros de un familiar directo en comunidades como Madrid, Andalucía o Murcia, probablemente no tengas que pagar nada, pero sí deberás presentar la declaración del impuesto.
No declarar correctamente, aunque no haya cuota a ingresar, puede acarrear sanciones. La autoliquidación siempre es obligatoria si recibes una herencia.
El plazo para presentar el impuesto de sucesiones es de seis meses desde la fecha de fallecimiento. Puedes hacerlo de forma telemática o presencial, en la administración tributaria de la comunidad autónoma donde residía el fallecido.
En este trámite deberás:
Además, si en la herencia recibes un seguro de vida, debes incluirlo en esta liquidación. En este caso, conviene revisar bien las coberturas de la póliza, ya que pueden influir en la tributación si superan ciertos límites.
Aunque la cantidad heredada no sea elevada, es importante hacer las cosas bien desde el principio. Esto evitará complicaciones futuras si decides invertir, donar o vender lo recibido.
Si lo que heredas son 6.000 euros en efectivo, deberás incluir esta cantidad en la liquidación del impuesto de sucesiones. No se declara en el IRPF, pero sí debes justificar su origen si más adelante realizas movimientos bancarios importantes.
Si heredas otro tipo de bien (como una parte de una propiedad, una póliza o un vehículo), asegúrate de declarar el valor real del bien, aunque no pienses venderlo inmediatamente. Esto afectará a futuras plusvalías.
Si recibes, por ejemplo, un pago por invalidez como parte de la herencia o de una póliza contratada previamente, revisa si esta cobertura figura entre las coberturas de invalidez permanente, ya que podría tener tratamiento fiscal especial.
Tener los papeles en regla es clave para evitar problemas con Hacienda. Estos son los principales documentos que deberías conservar:
Si en algún momento vendes un bien heredado o haces movimientos con el dinero, deberás acreditar que su origen fue una herencia y que ya se liquidó correctamente.
Contar con apoyo en la gestión patrimonial y protección familiar, como la opción de Aegon Contigo, puede ser muy útil cuando se trata de herencias, especialmente si hay varios beneficiarios o dudas legales.
Si heredas 6.000 euros, no debes incluirlo en tu declaración de la renta, pero sí estás obligado a liquidar el impuesto de sucesiones, incluso si la cantidad queda exenta o bonificada. No hacerlo puede generar sanciones innecesarias.
Asegúrate de cumplir con los plazos, conservar la documentación y entender cómo tributan los bienes heredados si generan rentas posteriores. Y si lo que buscas es tranquilidad a largo plazo, un seguro de vida bien diseñado puede facilitar mucho las cosas a quienes más quieres en el futuro.
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