Cerrar un negocio propio es una decisión compleja, cargada de implicaciones económicas, emocionales y legales. En este escenario, una de las preguntas más naturales que pueden venir a tu mente es: si cierro mi negocio, ¿tengo derecho a paro?
Aunque históricamente los autónomos no disponían de la misma cobertura que los asalariados, la legislación actual ha avanzado significativamente, permitiendo el acceso a una prestación específica conocida como “cese de actividad”. En esta guía actualizada para 2025 te explicamos en qué consiste, cómo solicitarla y qué requisitos debes cumplir para beneficiarte de ella.
Sí, los autónomos tienen la posibilidad de acceder a una prestación por cese de actividad, que funciona como el equivalente al desempleo para trabajadores por cuenta propia. Sin embargo, no se concede automáticamente: es necesario cumplir ciertos requisitos y justificar adecuadamente el motivo del cierre.
Los principales requisitos para tener derecho a esta ayuda son:
Aunque ambos sistemas buscan proteger al trabajador en caso de pérdida de actividad, existen diferencias notables. En el caso del autónomo:
Para quienes trabajan en condiciones más inestables, como media jornada o con ingresos reducidos, es útil informarse sobre cobrar subsidio y trabajar a media jornada.
La solicitud debe realizarse a través de la mutua colaboradora con la Seguridad Social que el autónomo tenga asignada.
Para iniciar el trámite deberás presentar:
La solicitud debe realizarse dentro de los 30 días naturales siguientes al cierre de la actividad. Si se presenta fuera de plazo, se pierde el derecho a la prestación. Una vez enviada la documentación, la mutua dispone de 30 días para resolver.
En este sentido, también es importante planificar adecuadamente tu cotización a lo largo del año. Cambiar la base puede mejorar tu protección futura. Para más detalles, puedes consultar esta guía sobre el cambio de base de cotización para autónomos.
La cuantía de la ayuda corresponde al 70% de la base reguladora, que se calcula tomando como referencia la base de cotización media de los últimos 12 meses. Así:
Para que esta prestación no suponga una carga adicional para tus seres queridos en caso de fallecimiento o accidente, es fundamental contar con una cobertura complementaria adecuada. A través de opciones como las que puedes encontrar en las coberturas de seguros de vida, puedes reforzar tu seguridad financiera, personal y familiar.
La duración varía según el tiempo que hayas cotizado por cese:
Durante este tiempo, el trabajador autónomo no tiene que seguir pagando la cuota mensual, ya que queda suspendida mientras dura la prestación.
Cerrar un negocio no significa quedar desprotegido. Los autónomos que han cotizado adecuadamente por cese de actividad tienen derecho a paro, siempre que cumplan los requisitos establecidos. Este apoyo temporal puede ayudarte a reorganizar tu situación personal, emprender nuevos proyectos o incluso reincorporarte al mercado laboral por cuenta ajena.
Temas que te pueden interesar