
Conseguir una hipoteca no solo depende de tus ingresos. En muchos casos, especialmente si no se alcanza el porcentaje de financiación requerido o el perfil económico no es del todo sólido, el banco puede exigir un aval hipotecario. Esta figura, que muchas veces recae en padres, familiares o incluso terceros, actúa como una garantía adicional ante posibles impagos.
Pero ser avalista implica más que una firma: conlleva responsabilidades económicas directas, posibles limitaciones financieras futuras y un impacto real sobre la capacidad de endeudamiento. En este artículo, te explicamos de forma clara qué es un aval hipotecario, cómo se solicita, cuándo lo pide el banco, qué tipos existen y qué debes tener muy claro antes de firmar.
Un aval hipotecario es un compromiso legal en el que una persona (física o jurídica) se convierte en garante del pago de una hipoteca, asumiendo la responsabilidad de la deuda en caso de que el titular no pueda hacer frente a las cuotas.
Este aval no se firma por cortesía, sino que queda registrado en la escritura hipotecaria, con plena validez jurídica. Si el titular de la hipoteca deja de pagar, el banco puede reclamar al avalista el importe pendiente, embargar sus bienes o limitar su acceso a otros créditos.
Suele utilizarse en casos como:
En contextos como el de los trabajadores por cuenta propia, el aval puede ser un requisito habitual. Si este es tu caso, puede que te interese leer sobre los requisitos y pasos específicos para conseguir una hipoteca como autónomo.

El banco no exige un aval de forma automática. Solo lo solicita cuando, tras estudiar la solicitud de hipoteca, detecta algún riesgo o debilidad en la operación. Estas son las situaciones más comunes:
En todos estos casos, el aval refuerza la garantía de cobro para el banco. Sin embargo, aceptar esta figura no debe tomarse a la ligera, ya que afecta a la salud financiera del avalista y puede tener consecuencias a largo plazo.
Existen diferentes modalidades de aval hipotecario, y es importante entender cuál se está firmando antes de aceptar. Los más habituales son:
Es la forma más común. El avalista responde con todo su patrimonio presente y futuro en caso de impago del titular. No se limita al bien hipotecado ni al importe concreto, salvo que se haya pactado expresamente.
En este tipo de aval, el banco puede ejecutar directamente contra el avalista, incluso antes de agotar todas las vías con el deudor principal.
Menos frecuente en hipotecas particulares, pero útil en otros contextos. Consiste en que otra entidad financiera avala al solicitante, a cambio de comisiones o depósitos como garantía. Es más común en operaciones empresariales o entre empresas.
En ambos casos, es clave diferenciar el aval del fiador. Aunque en la práctica se usan de forma similar, el avalista puede ser reclamado directamente, mientras que el fiador puede exigir que se agoten antes las vías contra el titular de la deuda (salvo que renuncie a ese derecho expresamente).
Si no quieres implicar a nadie como avalista, existen alternativas para conseguir una hipoteca sin aval:
En todos los casos, vale la pena comparar condiciones entre bancos y no quedarse con la primera oferta.
Antes de aceptar ser avalista o de pedir a alguien que lo sea por ti, conviene tener en cuenta lo siguiente:
También es importante saber que puede haber más de un avalista en una hipoteca, si el banco así lo requiere. En ese caso, todos responden solidariamente, salvo que se acuerde lo contrario.
Por último, ten en cuenta que un avalista no puede desvincularse de la hipoteca por decisión propia. Solo podrá hacerlo si el banco lo acepta, normalmente cuando el titular mejora su perfil económico o amortiza parte significativa del préstamo.
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